La Constitución de Estados Unidos garantiza los derechos básicos a todas las personas en Estados Unidos, independientemente de su situación migratoria. Es importante entender cuáles son estos derechos para poder responder adecuadamente.
SUS DERECHOS EN CASA – CUANDO EL HIELO LLAMA A LA PUERTA
Tu casa tiene protecciones especiales que no tiene el estar en público. Cuando el ICE llame a su puerta, sepa que tiene los siguientes derechos:
No tiene que abrir la puerta: No abra la puerta si un agente de inmigración está en su puerta. No está obligado a abrir la puerta de su casa o apartamento a menos que el agente tenga una orden de detención o registro válida. Pida al agente que pase la orden por debajo de la puerta o por una ventana.
Una orden de registro válida debe tener lo siguiente:
Debe ser firmado por un juez, no por un funcionario de inmigración
La dirección que van a buscar
Las áreas, en particular, que están buscando
Lo que buscan
Una orden de detención válida debe tener lo siguiente:
Debe ser firmado por un juez, no por un funcionario de inmigración
El nombre de la persona que buscan
La persona debe residir en la dirección que figura en la orden judicial
La persona debe estar presente en esa dirección
El oficial del ICE normalmente tendrá una orden de deportación
Una orden de expulsión no es lo mismo que una orden de detención o de registro. Si la oficina del ICE sólo tiene una orden de deportación, no pueden entrar legalmente en su casa a menos que usted los deje entrar verbalmente. No es necesario que les dejes entrar para hablar con ellos. Puedes hablar con ellos a través de la puerta. O si lo prefiere, puede salir, cerrar la puerta y hablar con ellos. El ICE no puede obligar al propietario a abrirle la casa si usted se ha negado a hacerlo debido a una orden judicial inválida.
Si el ICE tiene una orden válida o entra en su casa sin su consentimiento
Mantén la calma
Póngase en contacto con un abogado de inmigración de inmediato
Tiene derecho a guardar silencio
Diga a los agentes que está ejerciendo su derecho a permanecer en silencio.
Puede negarse a responder a cualquier pregunta que se le haga, incluyendo dónde nació o cómo entró en Estados Unidos
Puede negarse a mostrar cualquier documento que identifique de qué país procede
Si decides hablar, no mientas
Si decide presentar documentos, no presente documentos falsos
Avise al ICE de que no firmará ningún documento sin hablar con su abogado
Si es detenido o puesto bajo custodia, tiene los siguientes derechos:
El derecho a hablar con un abogado
Si no tiene un abogado, comunique a los agentes del ICE que desea hablar con uno. Pídales una lista de abogados pro bono, si no puede permitirse contratar uno. También tiene derecho a ponerse en contacto con su consulado. Pueden ayudarle a conseguir un abogado.
Si tiene un abogado, tiene derecho a hablar con él. Si tiene un formulario G-28 firmado que demuestre que tiene un abogado, entréguelo al funcionario.
Advierta a los agentes del ICE que no firmará ningún documento sin hablar con su abogado. Si decide firmar algún documento sin hablar con un abogado, asegúrese de entender el significado del documento antes de firmarlo.
Abogado de Inmigración Ifeoma Odunlami en Morristown, NJ
Póngase en contacto con el bufete de abogados Odunlami para saber más sobre sus derechos o si puede ser elegible para los beneficios de inmigración o alivio: (973) 993 1900